El consejero de Territorio, Movilidad e Infraestructuras, Fernando Rubio Aguiló.
Aprobación definitiva proyecto constructivo de mejora de la carretera Ma-5120 entre los PK 10+700 y 11+400, Término Municipal de Felanitx (2.849.665 €)
Administración que asciende a dos millones ochocientos cuarenta y nueve mil seiscientos sesenta y cinco euros con setenta y ocho céntimos, (2.849.665,78, €) que incluye, además del presupuesto
AGENCIA MANACORNOTICIAS 07/09/2024 - 08:48:18
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en cualquier momento

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA DEPARTAMENTO DE TERRITORIO, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS. Núm. 560919. Acuerdo del Consejo Ejecutivo de aprobación definitiva del proyecto constructivo de mejora de la carretera Ma-5120 entre los PK 10+700 y 11+400. Término Municipal de Felanitx. Versión 2 - Clave 20-03.0-ML.

ACUERDO. Aprobar definitivamente el proyecto constructivo de mejora de la carretera Ma-5120 entre los PK 10+700 y 11+400. TM Felanitx. Versión 2 – Clave 20-03.0-ML, redactado en el mes de agosto de 2024, que consta de los documentos indicados en el apartado 11 de los antecedentes del presente acuerdo, con un presupuesto para el conocimiento de la Administración que asciende a dos millones ochocientos cuarenta y nueve mil seiscientos sesenta y cinco euros con setenta y ocho céntimos, (2.849.665,78, €) que incluye, además del presupuesto base de licitación de dos millones setecientos sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y tres euros con cuarenta y ocho céntimos (2.767.463,48 €), doce mil setecientos veintitrés euros con ochenta y dos céntimos (12.723,82 €) para expropiaciones y ocupaciones temporales, cuarenta y un mil quinientos once euros con noventa y cinco céntimos (41.511,95 €) para patrimonio histórico y artístico y veintisiete mil novecientos sesenta y seis euros con cincuenta y tres céntimos (27.966,53 €) para gestión de residuos (IVA incluido). Publicar este acuerdo en el BOIB.

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de esta publicación. Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución). No obstante lo anterior, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas>>. Palma, en la fecha de la firma electrónica (5 de septiembre de 2024). El consejero de Territorio, Movilidad e Infraestructuras, Fernando Rubio Aguiló.

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