
AGENCIA MANACORNOTICIAS 10/10/2026 - 04:12:00 | ![]() ![]() |

![]() | Artículo 10bis. Plazos de las licencias urbanísticas para ejecutar las obres. La concesión de Licencia llevará implícito el derecho a edificar y la obligación de ejecutar las obras respetando los siguientes plazos |
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA DEPARTAMENTO DE TERRITORIO, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS. Acuerdo de aprobación definitiva con prescripciones de la Modificación Puntual 4/2022 de las Normas Subsidiarias de Petra para la modificación del artículo 10 bis de las normas urbanísticas. La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión de día 28 de septiembre de 2026, ha tomado el acuerdo siguiente:
«Visto el expediente relativo a la modificación puntual núm. 4/2022 de las Normas subsidiarias de planeamiento del municipio de Petra, cuyo objeto es modificar el artículo 10 bis de las normas urbanísticas para modificar los plazos de las licencias y adaptarse a lo previsto en el artículo 154 de la LUIB, y habiéndose subsanado las deficiencias señaladas en el acuerdo de suspensión de aprobación definitiva adoptado por la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de día 27 de junio de 2025, y en el trámite de aprobación definitiva previsto en el artículo 54 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, y en el artículo 101.2 a) del Reglamento general de la mencionada Ley, y de acuerdo con el dictamen de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, esta Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo acuerda APROBAR DEFINITIVAMENTE la mencionada modificación con la prescripción de que, en el artículo 10 bis de las normas urbanísticas, de acuerdo con el informe emitido por el Servicio de Familias, Igualdad y Atención a las Violencias Machistas, donde la redacción dice “el interesado”, quede redactado con la expresión “la persona interesada”».
Asimismo, se publica la normativa: Artículo 10bis. Plazos de las licencias urbanísticas para ejecutar las obres. La concesión de Licencia llevará implícito el derecho a edificar y la obligación de ejecutar las obras respetando los siguientes plazos contados a partir de la notificación a la persona interesada. Inicio de las obras = SEIS MESES. Finalización de las obras = TRENTA Y SEIS MESES. La persona interesada, si se solicita de forma justificada, tendrá derecho a la concesión automática de una PRÓRROGA de cualquiera de los plazos antes indicados de las siguientes características: Inicio de las obras = TRES MESES. Finalización de las obras = DIECIOCHO MESES.
Se admitirá, si se solicita de forma justificada, una SEGUNDA PRÓRROGA de NUEVE MESES para la finalización de las obras, de acuerdo con las condiciones establecidas en la LUIB. La Normativa aplicable será la vigente en el momento de la concesión de la Licencia que se prorroga, y en concreto se aplicaran las condiciones del artículo 154 y concordantes de la LUIB. Transcurrido cualquiera de los plazos establecidos, que constaran en el acto administrativo de la concesión de la licencia, el Ayuntamiento iniciará el expediente de caducidad de la Licencia otorgada. Una vez declarada la caducidad de la Licencia, las obras no se podrán iniciar, ni proseguir, si no se solicita y se obtiene una nueva Licencia ajustada a la ordenación urbanística aplicable a la nueva solicitud.
La publicación de este acuerdo se hace en reserva de la aprobación del acta. Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Palma, en la fecha de firma electrónica (28 de septiembre de 2026). La secretaria, Francisca Serra Mas.


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