
AGENCIA MANACORNOTICIAS 11/10/2025 - 03:15:00 | ![]() ![]() |

![]() | Someter, de acuerdo con lo previsto en el artículo 247 del RLUIBM, a información pública dicha relación de personas propietarias y la descripción de los bienes y derechos por un plazo de 20 días |
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ. Información pública de la relación concreta, individualizada y valorada de bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa para la implantación de un Punto Verde en la Colònia de Sant Pere (expediente 2024/5432). La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Artà, en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2025, con las formalidades legales y reglamentarias vigentes, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
<< Primero.- Estimar necesaria la realización de la obra de construcción del nuevo punto verde de la Colònia de Sant Pere, actuación para la cual es necesario obtener previamente la titularidad de los terrenos donde debe ubicarse, tal y como se refleja en el planeamiento urbanístico general del municipio de Artà, constituido por la Revisión y adaptación al Plan Territorial Insular de Mallorca de las normas subsidiarias de planeamiento del término municipal de Artà, aprobadas definitivamente por la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico, en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2010 (BOIB núm. 91 de fecha 17/06/2010 y corrección de errores BOIB núm. 94 de fecha 22/06/2010); y en cumplimiento de prescripciones aprobadas definitivamente por la misma Comisión en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2015 (BOIB núm. 167 de fecha 12/11/2015).
Esta inclusión en las normas subsidiarias del destino de esta parcela supone la declaración implícita de utilidad pública de las obras que se lleven a cabo y la necesidad de ocupación de los bienes, derechos e intereses patrimoniales legítimos que sean necesarios, siendo evidente el interés general de dichas actuaciones. Segundo.- Aprobar la relación concreta, individualizada y valorada de los bienes que deben ser necesariamente ocupados para la ejecución de la obra, y que se expresan al final del presente Acuerdo, de conformidad con las previsiones establecidas para el procedimiento de tasación individual en el artículo 137 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (LUIB) y el artículo 247 del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, para la isla de Mallorca (RLUIBM).
Tercero.- Someter, de acuerdo con lo previsto en el artículo 247 del RLUIBM, a información pública dicha relación de personas propietarias y la descripción de los bienes y derechos por un plazo de 20 días, mediante la inserción de un anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el que deberá indicarse la dirección o el punto de acceso electrónico correspondiente de la administración expropiante, en los cuales se pueda consultar la relación. Asimismo, dicha relación se someterá a trámite de audiencia de las personas interesadas dentro del mismo plazo.
A efectos de subsanar errores en la descripción material y legal de los bienes, cualquier persona física o jurídica podrá comparecer alegando cuantos antecedentes o referencias estime pertinentes. (…) La relación de bienes, personas propietarias y su descripción puede consultarse en la dirección o punto de acceso electrónico http://arta-web.arta.cat:84/tauler_anuncis/index.php
De conformidad con el artículo 137 de la Ley 12/2017, de urbanismo de las Illes Balears (LUIB) y el artículo 247 del Reglamento general de la LUIB para la isla de Mallorca (RLUIBM), esta relación se somete a información pública por un plazo de veinte (20) días hábiles a contar desde la publicación de este anuncio. Durante dicho plazo, se podrán presentar las alegaciones que se consideren oportunas. Contra este acuerdo, que es de trámite, no cabe interponer recurso. Artà, en la fecha de la firma electrónica (8 de octubre de 2025). El alcalde, Manuel Galán Massanet.


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